SÁBADO 19 DE SEPTIEMBRE DE 2015
La Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires sancionó una ley que obliga a la exhibición de cartelería en los establecimientos de salud, relacionada a la propiedad de las historias clínicas. La flamante ley es una iniciativa de los diputados provinciales Santiago Nardelli y Héctor Gay.
“La Historia Clínica es propiedad del paciente. Los pacientes tienen derecho a recibir copia autenticada de su Historia Clínica, en soporte digital o papel, en forma gratuita y dentro del plazo de 48 horas de solicitada la misma. Artículo 14, Ley Nacional 26.529”.
Esa leyenda deberá aparecer obligatoriamente en todos los establecimientos de salud y consultorios de profesionales que brinden atención médica en la provincia de Buenos Aires.
El diputado Santiago Nardelli, expresó que la iniciativa surgió por la necesidad de “romper colectivamente esa idea de que los efectores de salud son los dueños del mapa sanitario de cada individuo que procura atención médica, cuando en realidad la ley indica que resulta de titularidad indiscutida de los pacientes”