JUEVES 23 DE JUNIO DE 2016
Mediante la Disposición N° 6073/2016, la ANMAT ha fijado nuevos montos de aranceles para el mantenimiento de la inscripción en el “Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica”.
Diagnosticnews) La ANMAT, Administración Nacional de Medicamento, Alimentos y Tecnología Médica,a través de la Disposición Nº 6073/2016 establece que en el marco del proceso de despapelización correspondiente a los trámites de comercio exterior, registro de Productos Médicos y habilitaciones de Establecimientos, los datos declarados por las firmas serán validados por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y constituirán la base de datos única soporte de información actualizada de Empresas, Establecimientos, Personas Vinculadas, Actividades Autorizadas e Información actualizada de Productos Médicos.
Mediante la Disposición N° 6073/2016, la ANMAT ha fijado nuevos montos de aranceles para el mantenimiento de la inscripción en el “Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica”. El arancel anual por cada clase de producto médico comercializado y no comercializado deberá hacerse efectivo por año vencido.
De acuerdo a la normativa, para realizar el pago de los aranceles mencionados deberá presentarse la declaración jurada anual entre el 15 de julio y el 15 de agosto de 2016.
Por otra parte, se establece que los datos declarados por las firmas serán validados por la ANMAT y constituirán una base de datos con información actualizada de empresas, establecimientos y productos. Esto se realiza en el marco del proceso de despapelización correspondiente a los trámites de comercio exterior, registro de Productos Médicos y habilitaciones de Establecimientos.
Texto completo DISPOSICIÓN 6073/2016